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jueves, 25 de marzo de 2010

INSTRUCTIVO PARA LA EMISIÓN Y RECALIFICACIÓN DE PERMISOS DE TENENCIA Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO PARA EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, Y PERSONAS JURÍDICAS.

POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR
COMANDO PROVINCIAL DE LA PP. NN. EL ORO Nº 3
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS CIVILES Y ACCIÓN COMUNITARIA
 
INFORMA

MACHALA 24 DE MARZO DEL 2010


 Las empresas de vigilancia y seguridad privada, así como las personas jurídicas, que actualmente tienen permisos de tenencia o porte de armas de fuego, otorgados por el CC.FF.AA., para realizar la recalificación de los permisos, y aquellas que requieran nuevos permisos, deberán realizar por intermedio de su representante legal el siguiente proceso:

1. Obtención de solicitud de emisión o recalificación de permisos de tenencia y/o porte de arma de fuego.
2. Presentación de la solicitud.
3. Coordinación para presentación de las armas de fuego.
4. Traslado de las armas de fuego a la UTCA.
5. Recepción de las armas de fuego.
6. Entrega de factura.
7. Registro e identificación técnica balística de arma de fuego.
8. Evaluación de la aptitud de disparo y funcionamiento de las armas de fuego.
9. Marcación de las armas de fuego.
10. Verificación, constatación y control de la información constante en la solicitud de recalificación y demás documentos.
11. Entrega de resultados.
12. Emisión de permisos y certificados de recalificación para empresas de seguridad privada y para personas jurídicas.


1. OBTENCIÓN DE SOLICITUD DE EMISIÓN O RECALIFICACIÓN DE PERMISOS DE TENENCIA Y/O PORTE DE ARMA DE FUEGO.

La puede solicitar en las oficinas de la UTCA o también se la puede descargar a través de internet, de las siguientes direcciones electrónicas:

 www.policiaecuador.gov.ec
 www.dinacom.gov.ec

2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUD.

El representante legal acudirá a las instalaciones de la UTCA y presentará en una carpeta de cartón de color verde con vinchas para archivador los siguientes documentos:
1) Solicitud de recalificación.
2) Cédula de ciudadanía y papeleta de votación, del representante legal, con copia a color.
3) Nombramiento del representante legal, en copia notariada.
4) Autorización de tenencia emitida por el CC.FF.AA. vigente, en copia certificada.
5) Permiso original de tenencia de armas emitido por el CC.FF.AA.

En caso de pérdida o destrucción del permiso, presentar la respectiva denuncia (original o copia certificada), con firma y sello de autoridad competente, así como la correspondiente declaración juramentada.

6) Listado de armas de fuego que ingresan al proceso.

a) Para recalificación de armas de fuego que tienen el permiso de porte y/o tenencia otorgado por el CC.FF.AA, deberán adjuntar lo siguiente:
 Listado con la siguiente información: tipo, marca, modelo, calibre, número de serie, status, número de permiso y el lugar de servicio en el cual está siendo utilizada.
 Copia de los permisos emitidos por el CC.FF.AA..
 En caso de pérdida o destrucción del permiso otorgado por el CC.FF.AA., presentar la respectiva denuncia (original o copia certificada), con firma y sello de autoridad competente así como la correspondiente declaración juramentada.

b) En caso de armas de fuego, a ser registradas por primera vez, deberán presentar lo siguiente:
 Listado con la siguiente información: tipo, marca, modelo, calibre, número de serie, número de permiso y el lugar de servicio en el cual está siendo utilizada.
 Factura, contrato de compra venta, donación, sucesión, sentencia judicial legalmente celebrada.

c) Para personas jurídicas llenar el anexo correspondiente.

7) Listado de personal operativo a quienes se les entregará las armas de fuego.

a) Para empresas de vigilancia y seguridad privada, el personal que realiza su servicio en las modalidades de vigilancia fija, móvil e investigación privada.
b) Para personas jurídicas, el personal que cumple las funciones de guardianía, vigilancia y protección de instalaciones bajo su responsabilidad.
c) El listado respectivo, deberá contener la siguiente información: nombre, apellidos, y número de cédula, así como el lugar en donde actualmente están designados.

8) Certificado del COSP.

En el cual se indique que la empresa de vigilancia y seguridad privada o la persona jurídica, cumple con todos los requisitos exigidos en la Ley y Reglamentos pertinentes para su funcionamiento, tenencia y porte de armas, en lo correspondiente para cada una.

9) Comprobante de pago.

Correspondiente al pago general por la totalidad de las armas de fuego, de acuerdo al listado (numeral 6). El costo por arma de fuego, es de 20 dólares más IVA.

10) Certificado de Antecedentes Personales del representante legal.

11) Originales de pago de servicios básicos (agua, luz o teléfono)

De la empresa de seguridad o persona jurídica, con copia a color. Del representante legal, con copia a color.

3. COORDINACIÓN PARA PRESENTACIÓN DE LAS ARMAS DE FUEGO.

 La UTCA, en el momento de la presentación de la solicitud, coordinará con el representante legal de la empresa de seguridad o persona jurídica o con su delegado, un cronograma para la presentación de las armas en la UTCA, tomando en cuenta:
 Cantidad de armas de fuego que posea la empresa o persona jurídica.
 Ubicación de las armas de fuego que posea la empresa o persona jurídica.
 No afectar la capacidad operativa de la empresa o persona jurídica.
 Capacidad operativa de la UTCA.
 Se dará prioridad a las empresas y personas jurídicas con permisos caducados.

4. TRASLADO DE LAS ARMAS DE FUEGO A LA UTCA.

El traslado de las armas de fuego desde los centros de almacenamiento de las empresas de seguridad privada o de las personas jurídicas, hasta la UTCA, lo deberán realizar de acuerdo a los listados elaborados anteriormente, con la GUIA DE CIRCULACIÓN AUTORIZADA, que será extendida por la UTCA o el Departamento de Control de Organizaciones de Seguridad Privada, en ausencia de la primera, en cada una de las jurisdicciones.

5. RECEPCION DE LAS ARMAS DE FUEGO.

El representante legal o delegado, de la empresa de seguridad o persona jurídica:
 Presentará las armas de fuego, de acuerdo al listado y fecha correspondiente.
 Entregará tres (03) municiones de acuerdo al calibre, por cada arma de fuego para la obtención de balas y vainas testigos.

Las armas permanecerán en custodia de la UTCA hasta que termine el proceso de recalificación.

6. ENTREGA DE FACTURA.

La UTCA, emitirá una factura, previo la presentación de la papeleta de depósito o pago original realizado, en la cuenta corriente del Banco del Pacífico No. 05161290, a nombre de la Comandancia General de Policía.

7. REGISTRO E IDENTIFICACIÓN TÉCNICA BALÍSTICA DEL ARMA DE FUEGO.

Es un proceso que llevará la UTCA, con el apoyo del Departamento de Criminalística, basado en conocimientos técnicos balísticos, a fin de establecer las características y particularidades de cada arma.

8. EVALUACIÓN DE LA APTITUD DE DISPARO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ARMAS DE FUEGO.

Este proceso de evaluación se realizará a las armas de fabricación artesanal. Las armas se trasladarán hasta las instalaciones del GOE, en donde se realizará:
 El representante legal o su delegado, acudirá con personal operativo para que participen en la evaluación de sus armas de fuego.
 La empresa de seguridad o persona jurídica deberá acompañar por cada arma de fuego, la siguiente cantidad de cartuchos:
 Revólver: Una carga completa del tambor.
 Pistola: Diez cartuchos.
 Escopeta: Una carga completa del cargador, y si no posee almacén cargador cinco cartuchos.
 Subametralladora: Diez cartuchos.

Se realizarán las siguientes pruebas:

1) PRUEBA DE FUNCIONAMIENTO SIN MUNICIÓN


2) PRUEBA DE DISPARO.

9. MARCACIÓN DE LAS ARMAS DE FUEGO.

Serán marcadas las siguientes armas de fuego:
 Las de fabricación artesanal que previamente aprueben la evaluación de funcionamiento y aptitud de disparo.
 Las que por su uso y desgaste normal, dificulten la determinación del número de serie original.
 Aquellas cuya marcación original sea de tipo artesanal.

La marcación tendrá medidas de seguridad establecidas por la UTCA, que permitan controlar de manera eficiente y fidedigna el arma de fuego, considerando que el control de las armas es un tema de seguridad nacional.
El representante legal de las Empresas de Seguridad y Persona Jurídicas, o su delegado, podrá observar el proceso de marcación de sus armas de fuego.
El costo de la marcación por arma de fuego, es adicional.

10. VERIFICACION, CONSTATACION Y CONTROL DE LA INFORMACION CONSTANTE EN LA SOLICITUD DE RECALIFICACIÓN Y DEMAS DOCUMENTOS.

El personal de la UTCA, realizará la verificación, constatación y control de la información constante en la solicitud y en toda la documentación presentada, a través de los sistemas SIIPNE y SINCOAR, y archivos físicos del COSP, UTCA y CC.FF.AA.

11. ENTREGA DE RESULTADOS.

La UTCA en un lapso de 96 horas laborables, informará al representante legal, los resultados del proceso al que fueron sometidas las armas de fuego.

12. EMISIÓN DE PERMISOS Y CERTIFICADOS DE RECALIFICACIÓN.

1) Permiso General de Tenencia, para empresas de seguridad y personas jurídicas.
2) Permiso individual de tenencia, para personas jurídicas.
3) Permiso individual de porte, para empresas de seguridad.


LUGARES DE RECALIFICACIÓN DEL PERMISO:

GUAYAQUIL:

UNIDAD TÉCNICA DE CONTROL DE ARMAS
Instalaciones del Grupo de Operaciones Especiales. Av. Perimetral Sector Nueva Prosperina (altura de la Cdla. La Florida)
Teléfono: (04)2 655 744

DEPARTAMENTO DE CRIMINALÍSTICA DEL GUAYAS
Mapasingue Oeste. Calle 4ta. Callejón 3ro.

QUITO:
UNIDAD TÉCNICA DE CONTROL DE ARMAS
Instalaciones de la Jefatura Provincial de Transito de Pichincha, Edif. Administrativo, Planta baja, AV. Mariscal Sucre (Occidental) y José Herboso (Sector la Florida)
Teléfono: (02) 3 301 034; (02) 2 921 802 ext. 301

DEPARTAMENTO DE CRIMINALÍSTICA DE PICHINCHA
Av. Mariana de Jesús y Av. Mariscal Sucre (Occidental)


NOTA:
Para mayor información comunicarse en la oficina del COSP en el Comando Provincial del Oro No. 3. o,
A al teléfono 085930369 Sr. Sargento Primero Luis Guanoluiza